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Alquiler de oficina en Retiro Oficina de 192 m2 totales, sobre la Av. Córdoba entre las calles Maipú y Florida Ubicada en 1º piso interno. Recepción amplia. Salón con cuatro despachos individuales. Tres amplios despachos, dos de ellos se comunican entre sí. Cocina independiente con termotanque eléctrico para agua caliente. No hay gas. Baño compartimentado en la unidad. Dos despachos gerenciales con entrada independiente. Sala de pagos. Aire aco...ndicionado frio calor. Pisos de alfombra sobre carpeta. Edificio de oficinas. 2 ascensores, 4 oficinas por piso, baños de dama y caballero por cada piso además del baño que cada unidad posee. No abre los domingos, Sábados hasta las 14hsInmejorable ubicación en el microcentro, a pasos de Galerías Pacífico. Subte líneas B y D
En cumplimiento con la normativa vigente, los asistentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. La intermediación y conclusión de las operaciones inmobiliarias es desarrollada por Martilleros y Corredores Públicos. Esta Oficina Inmobiliaria se encuentra a cargo de Jorge Becco, Matrícula N.º 5675 – C.M.C.P.S.I. Libro 9, Folio 45 y C.U.C.I.C.B.A. número 8046, Tomo 1 Folio 300, adherido al Sistema Coldwell Banker Clarity, C.U.I.T.: 20-11499045-1, Avenida del Libertador 1191, Vicente López, Pcia de Buenos Aires. Cullen 4922, CABA. Nota: La información gráfica y escrita contenida en el presente aviso es meramente a titulo estimativo y no forma parte de ningún tipo de documentación contractual. Las medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad del inmueble referido. Asimismo los importes de tasas, servicios y expensas indicados están sujetos a verificación. El valor del inmueble indicado en el presente puede ser modificado sin previo aviso. Operación supeditada a que el propietario cumplimente con la Reg.2371 COTI. "LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar honorarios inmobiliarios y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato"