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DEPARTAMENTO EN VENTA DE 4 AMBIENTES EN BARRIO PIEDRABUENA "VIEJO", VILLA LUGANO, CAPITAL FEDERAL
EDIFICIO H, TERCER PISO POR ESCALERA. DEPARTAMENTO DE 4 AMBIENTES 3 DORMITORIOS CON PLACARDS LIVING COMEDOR Y COCINA BAÑO LAVADERO INCORPORADO EN LA COCINA. FUÉ REFACCIONADO COMPLETAMENTE HACE POCO TIEMPO. SE REALIZARON CAMBIOS DE PISOS, SE MANTUVIERON PISOS DE FLEXIPLAST DE COLOR GRIS EN LOS DORMITORIOS. CALEFÓN NUEVO ELÉCTRICO. MESADA Y MUEBLES... DE COCINA NUEVOS. SANITARIOS Y CAÑERÍAS NUEVAS. PARRILLA DE USO COMÚN. INSTALACIÓN ELÉCTRICA NUEVA. EL EDIFICIO CUENTA CON GAS, EL COMPRADOR PODRÍA SOLICITAR EL MEDIDOR NUEVO EN METROGAS.
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AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general N°2371 de la AFIP (Pedido de COTI).
Ley 5859 de C.A.B.A., Art 4. "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestorías de informes."
Ley 5115, (Ley de Accesibilidad): Art 1: "Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.", " Art 2: Los avisos mencionados en el Art. 1 incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"."