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¡Excelente ubicación! Ideal para proyecto en zona de pleno desarrollo
Sobre la calle Iberá 2700, entre Vidal y Moldes. Barrio de Nuñez.
A tres cuadras de Av Cabildo - A 4 cuadras de Subte línea D
A 1 cuadra Polideportivo Manuela Pedraza
A 1 cuadra de Av Cramer
A 3 cuadras del Colegio Tabot Cramer
A 3 cuadras del Centro Hirsch
Medidas 8.66 x 14.30 = 124 m2
No afecta tronera
No aplica... linea de frente interno
Área edificable en planta 115,031 m²
Altura Máxima 17,2 m
Altura Máxima Plano Límite 24.2 m
Protección - DESESTIMADO
Código urbanístico:
Unidades de Sustentabilidad de Altura Media son las áreas de la ciudad con alturas de escala media, adecuadas para un carácter residencial mixto con cercanía a corredores y centros barriales. La edificabilidad máxima se corresponde con una Altura Máxima de diecisiete metros con veinte centímetros (17,20m). (Ver más en Art. 6.2.4 .La altura podrá variar si: existe algún edificio lindero Catalogado (Artículo 3.6 Anexo II o la altura del edificio lindero es mayor a la de la Unidad de Edificabilidad (Artículo 6.5.5
Se deberán tener en consideración aquellos retiros o patios que requiera la parcela para tener el área edificable final según los artículos
. Extensiones vinculadas al Espacio Libre de .Manzana, 6.4.2.3
. Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas por la L.F.I., 6.4.2.4
. Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas por la L.I.B., 6.4.3.5
Catalogación -
Área de Baja Mixtura del Usos de Suelo 1:
Corresponde a áreas predominantemente residenciales con comercios minoristas y servicios personales de baja afluencia. Los usos que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3, de la Ley 6361. En el mismo se referencia si el rubro está permitido en el área de mixtura, la superficie máxima por unidad de uso, si requiere consulta al Consejo "C". Asimismo, se indican los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. Las actividades productivas e industriales se encuentran permitidas en todo el ejido de la Ciudad. Éstas deben dar cumplimiento al Cuadro de Usos del Suelo Industrial 3.11.2, y al Anexo del Decreto N°86/19, reglamentación de la Ley N°2216, en donde se incorporan los requerimientos mínimos de estacionamientos, bicicletas y módulos de Carga y descarga. Para la localización de actividades productivas e industriales se deberá consultar al organismo competente a través de una Consulta de Usos.
Álvaro Ignacio Gallo y Kaplan, Matricula CUCICBA 8145.-
María José González Zudaire CMCPSI 6197
Las medidas, superficies consignadas en la presente descripción son aproximadas, a solo título orientativo y no son vinculantes. Las medidas y superficies reales surgen del Título respectivo.