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Terreno - Haras del Sur II - Barrio privado - Ruta 2 - KM 73- VENTA - Lote - LA PLATA -
U$S 25.500
Haras del Sur II, Brandsen, GBA Sur
EXCELENTE LOTE EN HARAS DEL SUR II
Se encuentra ubicado en el kilómetro 73 de la Ruta 2, exclusivo en todos sus detalles. Pensado, diseñado y desarrollado exclusivamente para el beneficio de sus propietarios. Una combinación perfecta entre excelente acceso, moderna arquitectura, infraestructura de altísima calidad, seguridad y servicios; características que lo define como un lugar ideal para vivir y disfrutar en familia.
LOTE INTERNO DE 1000 M...TS2. ESCRITURADO! EXPENSAS $45.000
El club de campo cuenta con pavimentación asfáltica y alumbrado. Además podes estar seguro ya que cuenta con seguridad y vigilancia las 24 hs. Posee un proyecto de Colegio Bilingue.
En Haras del Sur II encontrará áreas sociales y deportivas rodeadas de naturaleza y diseñadas para que toda la familia pueda disfrutar.
- Nuevo Colegio -Campo de Golf de 9 hoyos -Club House Principal con Bar -Gimnasio -Zona de juegos para niños -2 piscinas para mayores y menores -Solarium -Club House deportivo para adultos, jovenes y niños -SUM -Sala Fitness -8 canchas de tenis -Canchas de futbol -Piscina in-out climatizada -Spa con sauna, hidromasaje, ducha escocesa. -Sala de masajes y relax -Sala de estética -Sala de primeros auxilios -Seguridad y vigilancia las 24 hs
En cumplimiento con la normativa vigente, los asistentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. La intermediación y conclusión de las operaciones inmobiliarias es desarrollada por Martilleros y Corredores Públicos. Esta Oficina Inmobiliaria se encuentra a cargo de Diego Pablo Novello, Matrícula N.º 6481 – C.S.I. Libro 10, Folio 32 y C.P.I . número 7245, Tomo 1 Folio 270, adherido al Sistema Coldwell Banker Group Black, C.U.I.T.: 20-32063802-0, F. D. Roosevelt 5399, CABA.
"LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar honorarios inmobiliarios y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.